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Nuevas disposiciones de carácter general para el registro de personas físicas o morales que presten servicios especializados

El 03 de febrero de 2023 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo que modifica el diverso por el que se dan a conocer Disposiciones de carácter general para el registro de personas físicas o morales que presten servicios especializados o ejecuten obras especializadas a que se refiere el artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo (en adelante el “Acuerdo”). 

Las personas físicas o morales que presten servicios especializados y las beneficiarias de dichos servicios deberán de atender a las disposiciones aplicables para llevar el registro correspondiente ante el REPSE, el cual estará sujeto a inspecciones o acciones de vigilancia por parte de los Inspectores del Trabajo. Las inspecciones versarán sobre lo siguiente: 

Respecto a los prestadores de servicios especializados:

  • Que la información proporcionada coincida con las condiciones reales del centro de trabajo;
  • Que las actividades que prestan como servicios especializados no formen parte del objeto social de la beneficiaria;
  • Que se cumplan condiciones de trabajo como la inscripción ante el Instituto Mexicano del Seguro Social y salario debidamente pagado.


Respecto a las beneficiarias:

  • Que los trabajadores prestando servicios especializados no realicen actividades propias de su objeto social;
  • Que los trabajadores especializados se encuentren identificados.


Para ambos:

  • Que cuenten con el contrato de prestación de servicios especializados en conformidad con las disposiciones aplicables.


Asimismo, se han añadido criterios sobre la negativa, cancelación, renovación y modificación del aviso de registro donde se deberá de tener especial cuidado en la información presentada ante la autoridad, puesto que, de detectar documentos diferentes a los ingresados en la plataforma, información apócrifa o por advertirse incumplimientos a la Ley Federal del Trabajo, podrán ser cancelados los registros. 

Ahora bien, las prestadoras de servicios especializados, podrán presentar a través de la plataforma una solicitud para modificar las actividades inscritas o en su caso agregar nuevas, siempre y cuando formen parte de su objeto social o se vean reflejadas en la constancia de situación fiscal. 

Fuente: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5678731&fecha=03/02/2023#gsc.tab=0

Nuestro socio a cargo de aconsejar y los responsables del área laboral (David Noel Jiménez Chapa djc@santoselizondo.com y José Raymundo González Ávila rga@santoselizondo.com) estarán atentos para definir los retos que este cambio le representa, así como la manera de afrontarlos oportuna y eficientemente.